¿Que es maltrato animal?
En los términos de la Ley 1774 de 2016, la Ley 84 de 1989 y la jurisprudencia Colombiana el maltrato animal es el “padecimiento, abuso, violencia y trato cruel para con los animales”
Existen dos clases de maltrato animal:
Negligencia:
“Es la incapacidad o falta de brindar todas las necesidades que un animal requiere para una tenencia responsable”
Maltrato intencional
"Son todas las acciones que se realizan deliberadamente y que tienen como intención lastimar de forma física o psicológica a un animal"
¿Dónde acudir en caso de maltrato animal?
En caso de que este frente a un caso o tenga conocimiento de actos de violencia contra los animales, usted podrá acudir a las siguientes autoridades, dependiendo la gravedad de las lesiones ocasionadas:
La primera autoridad siempre será la Policía Nacional para que lleve al animal de forma inmediata a las entidades de protección, sin que medie orden judicial y con la finalidad de prevenir que continúen los actos de maltrato.
Se debe EXIGIR al agente de policía la aprehensión preventiva del animal según lo dispone el art 8 de la Ley 1774 de 2016.
De acuerdo a la gravedad de los hechos se pondrán en conocimiento las siguientes autoridades:
1. En caso de muerte o lesiones graves
- Fiscalía General de la Nación: Cuando el maltrato ponga en grave peligro la vida, salud o integridad física del animal, usted puede presentar denuncia de manera verbal o escrita, en donde narre de forma breve cómo, cuándo y dónde ocurrieron los hechos. La Fiscalía General de la Nación, recibe denuncias en los diferentes centros de atención, como son: Unidades de Reacción Inmediata – U.R.I-, Salas de Atención al Usuario –S.A.U-, y las Casas de Justicia.
Las sanciones pueden ser de multa que irá de 5 a 60 smmlv o prisión de 12 a 36 meses
2. En caso de lesiones no tan graves
- Alcaldía o Inspección de Policía Municipal o Distrital: Cuando se cometan actos dañinos o crueles en contra de los animales (maltrato, desnutrición, encerramiento) que no pongan en peligro inminente su vida, usted puede presentar denuncia de manera verbal o escrita, describiendo las circunstancias en que ocurrieron los hechos.
Principios fundamentales de la Ley 1774 de 2016
a) Protección al animal.
El trato a los animales se basa en el respeto, la solidaridad, la compasión, la ética, la justicia, el cuidado, la prevención del sufrimiento, la erradicación del cautiverio y el abandono, así coma de cualquier forma de abuso, maltrato, violencia, y trato cruel;
b) Bienestar animal.
En el cuidado de los animales, el responsable o tenedor de ellos asegurara coma mínima:
1. Que no sufran hambre ni sed,
2. Que no sufran injustificadamente malestar físico ni dolor;
3. Que no les sean provocadas enfermedades por negligencia o descuido;
4. Que no sean sometidos a condiciones de miedo ni estrés;
5. Que puedan manifestar su comportamiento natural;
c) Solidaridad social.
El Estado, la sociedad y sus miembros tienen la obligación de asistir y proteger a los animales con acciones diligentes ante situaciones que pongan en peligro su vida, su salud o su integridad física.
Asimismo, tienen la responsabilidad de tomar parte activa en la prevención y eliminación del maltrato, crueldad y violencia contra los animales; también es su deber abstenerse de cualquier acto injustificado de violencia o maltrato contra estos y denunciar aquellos infractores de las conductas señaladas de las que se tenga conocimiento.
Material probatorio
Es fundamental contar con elementos materiales probatorios y evidencia física para lograr la efectividad de las denuncias, por eso le recomendamos contar con la mayor cantidad de los siguientes:
· Fecha, lugar y hora de los hechos
· Testigos
· Fotografías
· Videos
· Nombres de los implicados
· Direcciones